Publicada el Jueves, 2 de Mayo de 2024

Se insta al Congreso a adecuar la Ley Orgánica del Régimen Electoral General a las necesidades reales de gasto de agrupaciones y partidos locales

La declaración de inconstitucionalidad del régimen sancionador y la postura del Tribunal de Cuentas allanan la adaptación de la normativa a la financiación de las campañas locales

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor de UPN, EH Bildu, Geroa Bai, PPN y Contigo-Zurekin, la abstención del PSN y el voto en contra de Vox, una resolución por la que se insta al Congreso de los Diputados a “iniciar el trabajo para atender las reiteradas solicitudes que ha hecho esta Cámara Foral de cara a modificar Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, a fin de establecer unos límites de gasto ajustados a las necesidades reales de las agrupaciones electorales y pequeños partidos locales y un régimen sancionador proporcional”.

 

En la exposición de motivos, la resolución impulsada por el G.P. Geroa Bai pone en valor las diversas iniciativas emprendidas desde el Legislativo Foral para, ya sea por la vía legislativa o declarativa, urgir a subsanar el carácter “irracional” de una reglamentación que, debido al “escueto límite de gasto electoral (0,11 euros por habitante) y al desproporcionado régimen sancionador (50.000 euros si se supera en un 10%), desincentiva la participación y perjudica la gestión de los interés de las Entidades Locales”.

 

Lo acaba de confirmar el propio Tribunal Constitucional, que con la declaración de nulidad de dichos preceptos hace suya la interpretación del Tribunal de Cuentas, que en sus últimos informes de fiscalización de las contabilidades de las elecciones locales dejó claro que “el límite máximo de gasto aplicable resulta manifiestamente insuficiente para el desarrollo de una campaña electoral”.

 

Ese es precisamente el motivo por el que el órgano encargado de la fiscalización del sector público y el enjuiciamiento de la responsabilidad contable viene reclamando a las Cortes Generales la modificación de la Ley Orgánica sobre Financiación de Partidos, algo que ahora, tras la declaración de inconstitucionalidad de las sanciones mínimas (de 5.000, 25.000 y 50.000 euros) por superar los límites de gastos electorales, resulta obligado.

 

El proponente recuerda que los expedientes sancionadores de procesos electorales anteriores “siguen en pie y, por tanto, continúan mediatizando el trabajo de muchas agrupaciones y partidos locales, algunos de los cuales optaron por no concurrir a los últimos comicios”.

 

De la resolución de este problema, así se hace constar, depende la “restitución del pleno derecho a la participación democrática del vecindario de muchos municipios”.